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BOLETÍN ELECTRÓNICO DE VIDA HUMANA
INTERNACIONAL (VHI)
SECCIÓN HISPANA DE HUMAN LIFE INTERNATIONAL
(HLI)
VOL. 16, NO. 2, 6 DE MAYO DEL 2010
http://www.vidahumana.org
1.
EEUU: VUELVEN A SUSPENDER LICENCIA A PRACTICANTE DE ABORTOS.
2. LA
“EDUCACIÓN” SEXUAL DE LA IPPF PARA LOS NIÑOS: ¿UN DERECHO
INTERNACIONAL?
3. LA
“EDUCACIÓN” SEXUAL DE LA ONU, EL CRR Y LA IPPF: ¿UN DERECHO
INTERNACIONAL?
4.
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1.
EEUU: VUELVEN A SUSPENDER LICENCIA A PRACTICANTE DE ABORTOS.
El
Departamento de Salud del Estado de la Florida ha vuelto a suspenderle la
licencia de medicina al practicante de abortos tardíos James Pendergraft por un
período de dos años. La suspensión es el resultado de una queja radicada el 14
de abril del 2008. En la queja se declara que Pendergraft recetó ilegalmente
sustancias controladas sin la debida licencia, y que cometió negligencia médica
en un aborto fallido de un bebé de 19 semanas el 7 de febrero del 2006.
Luego
de dilatar inadecuadamente la cerviz de la madre a la que le cometió el aborto,
Pendergraft le causó una ruptura al útero y empujó al bebé hacia la cavidad
abdominal. La madre fue transportada rápidamente al hospital, donde se le
practicó una histerectomía de emergencia junto con la extracción del bebé
muerto, al cual le faltaba un bracito. La extremidad fue encontrada después en
la “clínica” de abortos de Pendergraft. El no haber informado que
le había sacado el bracito al bebé causó una demora en la atención a la madre
El
presidente de la organización provida Operation Rescue (“Operación
Rescate), Troy Newman, dijo: “Es inconcebible que la licencia de
Pendergraft no le haya sido revocada de forma permanente. Ha estado involucrado
en numerosas órdenes disciplinarias y sigue siendo una amenaza para las
mujeres. Este es otro miembro más de la Federación Nacional del Aborto (NAF,
por sus siglas en inglés) que no está calificado para practicar la medicina”.
Numerosos miembros de la NAF ya han sido encarcelados por negligencia o han
perdido su licencia debido a una práctica médica inferior a las mínimas
exigencias. Sin
embargo, se espera que los cinco centros de abortos de Pendergraft en la
Florida permanezcan abiertos y continúen siendo operados por médicos aborteros,
que han sido empleados y que ya son parte del personal. Las
personas que respetan la vida deben orar por los médicos que practican abortos,
para que el Señor los convierta de este gravísimo y horrible pecado. También
deben asegurarse de que los médicos a los cuales acudan no esté practicando
abortos, para que así esos aborteros se vean afectados en sus bolsillos y dejen
ese sangriento negocio. Este
triste caso de Pendergraft también es un botón de muestra más de la larga lista
de historias de horror que caracteriza al negocio del aborto legal en EEUU. En su portal, VHI tiene
algunas de estos relatos en: http://www.vidahumana.org/vidafam/aborto/historias-clinicas_index.html. Por ello, es importante que en nuestros países hispanos,
donde, en la mayoría de ellos, gracias a Dios, el crimen del aborto todavía no
se ha legalizado, la gente no se deje engañar por el falso y cruel argumento
del aborto legal y “seguro” para la mujer. Para ver artículos sobre
este tema, visite, también en el portal de VHI, el enlace: http://www.vidahumana.org/vidafam/aborto/muertes_index.html. 2. LA
“EDUCACIÓN” SEXUAL DE LA IPPF PARA LOS NIÑOS: ¿UN DERECHO
INTERNACIONAL? Adolfo
J. Castañeda, MA, STL Felipe
Vizcarrondo, MA, MD La
Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño fue adoptada por los estados
miembro el 20 de noviembre de 1989 y entró en vigor el 2 de septiembre de 1990
[1]. Poco
después de la entrada en vigor de esta Convención, la organización abortista
que se llama Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF, por
sus siglas en inglés), publicó una “guía” dirigida directamente a niños y adolescentes
para “explicarles” el contenido de esta Convención [2]. En esa
“guía”, la IPPF dice: “Al ratificar este instrumento, los
gobiernos nacionales se han comprometido a proteger y a asegurar los derechos
de los niños y han acordado hacerse responsables de este compromiso ante la
comunidad internacional” [2]. Esta
aseveración de la IPPF no debe ser entendida en el sentido de que el contenido
de esta Convención está por encima de las leyes nacionales, sino más bien en el
sentido de que los países firmantes asumen un compromiso de carácter moral ante los demás países de realizar
esfuerzos por poner en práctica, en la medida de sus posibilidades, lo
expresado en este documento. Esta interpretación de los límites del carácter
vinculante de la Convención se desprende de una lectura atenta de los artículos
que la componen, especialmente del artículo 52, el cual dice explícitamente:
“Un estado miembro puede denunciar
la presente Convención por medio de una notificación escrita al Secretario
General de la ONU” [3]. Hacemos
esta aclaración, porque las organizaciones internacionales abortistas tienen la
tendencia a presionar a los países miembros de la ONU para que legalicen el
aborto, con el presunto “argumento” de que están obligados a
hacerlo por haber firmado y ratificado los documentos emanados de esa entidad
internacional. Ello es absolutamente falso, como ya lo hemos demostrado [4]. Sin
embargo, conviene abundar en esta aclaración, porque la “guía” de
la IPPF pretende hacerles creer a niños y adolescentes que, según esta
Convención: (1) ellos tienen un “derecho internacional” a una
“educación” sexual en “salud reproductiva” y (2) la “salud
reproductiva” incluye el aborto. Pero ambas afirmaciones son falsas. Respecto
del presunto “derecho” internacional a una “educación”
sexual en “salud reproductiva”, la Convención, en el artículo 29,
sí habla del derecho de todo niño a la educación, pero no dice absolutamente
nada acerca de la “educación” sexual
[5]. Respecto
de la “salud reproductiva”, es significativo y a la vez preocupante
saber que precisamente el título completo de la “guía” de la IPPF
es “Guía para una persona joven acerca de la Convención de la ONU sobre
los Derechos del Niño y la salud sexual y
reproductiva” (el énfasis es nuestro) [2]. En el mismo
comienzo de esta “guía”, la IPPF dice: “Esta guía enlaza los
derechos, tal y como éstos han sido promulgados en la Convención, con los
derechos sexuales y reproductivos” [2]. En otras palabras, en esta
“guía”, la IPPF interpreta a su manera y en clave de “salud
reproductiva” ciertos artículos de la Convención. La
“interpretación” de la IPPF incluye el aborto en su manera de ver
la “educación” sobre la “salud sexual y reproductiva”,
como lo demuestra la manipulación que hace del artículo 24 de dicha Convención: Convención,
Artículo 24: “Los Estados Miembro
tomarán las medidas apropiadas para desarrollar la atención preventiva de la
salud, guiar a los padres y ofrecer educación sobre la planificación familiar y
servicios…” [2]. Interpretación
de la IPPF: “Tú puedes visitar a un
médico o enfermera para recibir todos los servicios de salud sexual y
reproductiva…incluyendo anticonceptivos y servicios de aborto…
Nadie debe impedir que tú recibas estos servicios o exigirte que obtengas
permiso de otro (ej: el de tus padres o cónyuge, si estás casado/a).” [2]. Ahora
bien, el concepto de “salud reproductiva” no aparece por ninguna
parte en la Convención, porque precisamente el mismo fue definido después, en
1994, cuando tuvo lugar, en El Cairo, la Conferencia Internacional sobre
Población y Desarrollo de la ONU (ICPD, por sus siglas en inglés) [6]. El
documento final de esa conferencia, titulado Programa de Acción, fue firmado
por 179 estados miembros de la ONU. Si bien es verdad que los estados firmantes
se comprometieron a proporcionar “servicios” adecuados de
“salud sexual y reproductiva”, un significativo número de ellos se
reservaron el derecho de interpretar dicho término de manera tal, que el
significado del mismo fuese acorde con sus principios éticos y culturales. En
particular, estos estados dijeron que lo interpretaban dejando el aborto
De
hecho, en la definición del término “salud reproductiva” del propio
documento (par. 7.2) no aparece para nada la palabra “aborto”.
Incluso, en el mismo comienzo del par. 8.25, se dice explícitamente: “En
ningún caso se debe promover el aborto como método de planificación de la
familia”. Ahora bien, el término “planificación de la
familia” es parte integral de la definición de “salud
reproductiva” del par. 7.2 [6]. Por consiguiente, según el texto del
Programa de Acción, la definición de la “salud reproductiva” no
debe incluir el aborto. La
IPPF, por lo tanto, no tiene ningún derecho a decirles a niños, adolescentes y
jóvenes que ellos tienen “derecho” a una “educación”
sexual en “salud reproductiva”, y menos aún que ésta incluye el
aborto. Tampoco tiene el más mínimo derecho de cometer la insolencia de
faltarles el respeto a los padres de familia, diciéndoles a sus hijos que
pueden usar anticonceptivos o hacerse practicar el aborto sin ni siquiera
decirles nada a sus propios progenitores. Pero
esta arrogante organización no se ha detenido en su macabros planes. En marzo del
2010, la IPPF entregó una petición a la ONU en la cual les dijo a los gobiernos
del mundo que priorizaran los “derechos sexuales y de salud
reproductiva” de la gente joven. En esa petición, la IPPF incluyó también
una amplia “educación” e “información” sexual y
“servicios” de “salud” para los jóvenes [8]. Los
padres de familia hispanos de EEUU y América Latina, ¿quieren este tipo de
“educación” sexual que propone la IPPF para sus hijos? ¡Por
supuesto que no! Adolfo J. Castañeda, MA, STL, es Director de Programas
Educativos de VHI. Felipe Vizcarrondo, MD, MA, es médico pediatra y cardiólogo,
especialista en bioética, y colaborador de VHI. Notas:
[1].
Convention on the Rights of the Child, 1989, http://www.unicef.org/crc/fulltext.htm, pág. 1.Este documento fue consultado por el autor de este
artículo el 22 de septiembre del 2004. [2]. A Young Person’s Guide to the UN Convention on
the Rights of the Child and Sexual and Reproductive Health, IPPF, http://www.ipf.org/youth/young_person.htm. Este documento fue consultado por el autor de este artículo
el 14 de septiembre del 2004. [3].
Convention on the Rights of the Child, 1989, http://www.unicef.org/crc/fulltext.htm. Artículo 52, pág. 14. [4].
Véase: Felipe Vizcarrondo, MA, MD, “La ‘educación’ sexual de
la UNESCO para los niños: ¿Un derecho internacional?”, Boletín Electrónico de VHI, Vol. 20, No.
1, 16 de abril del 2010. [5].
Convention on the Rights of the Child, 1989, http://www.unicef.org/crc/fulltext.htm, pág. 8.Este documento fue consultado el 22 de septiembre
del 2004. [6].
Véase: UNFPA, Programa de Acción de la
Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, 1994, http://www.unfpa.org/spanish/icpd_poa.htm. [7].
Ibíd., “Segunda Parte: Declaraciones y Reservas del Programa de
Acción”. [8].
Zaks, L., IPPF Delivers Petition at UN:
Young people ask World leaders to fulfill ICDPD promises, http://www.ippfwhr.org/en/print/1348. 3. LA
“EDUCACIÓN” SEXUAL DE LA ONU, EL CRR Y LA IPPF: ¿UN DERECHO
INTERNACIONAL? Felipe
Vizcarrondo, MA, MD En los
tres artículos anteriores sobre este tema, hemos demostrado que la
“educación” sexual hedonista y antivida que proponen la ONU, el
Centro de Derechos Reproductivos (CRR, por sus siglas en inglés) y la IPPF no
es un “derecho” internacional, como pretenden hacernos creer éstas
y otras organizaciones internacionales abortistas [1]. En
este artículo vamos a completar nuestra refutación de la falsa aseveración que
han hecho la UNESCO [2] y el CRR de que los programas de sólo abstinencia que
se han implementado en EEUU no han tenido efecto en evitar la actividad sexual
en adolescentes [3]. El
rechazo, por parte de la UNESCO y el CRR, de los programas de abstinencia,
porque, según ellos, son “ineficaces”, se basa en un estudio
realizado en el 2007 por la firma Mathematica Policy Research, Inc. [4]. Aunque
este estudio solamente declara la “ineficacia” de los programas de
abstinencia, los entusiastas propagandistas de la “educación”
sexual a favor de los condones sacan también la “conclusión” de que
sus programas sí son “eficaces” [5]. El
estudio de Mathematica eligió cuatro programas de abstinencia en EEUU para
darles seguimiento a largo plazo. Los estudiantes que fueron objeto de los
programas eran de edades de primaria y pre-secundaria y recibieron una sola
intervención durante el comienzo de la investigación. El estudio de Mathematica
arrojó que los adolescentes que participaron en estos programas de abstinencia,
no se abstuvieron de relaciones sexuales más que los que no participaron en
ellos, durante un período tiempo de 2.5 a 5.5 años después de terminados los
programas [6]. El Dr.
Stan Weed y sus colegas, del Instituto para la Investigación y la Evaluación, en
Salt Lake City, Estado de Utah, EEUU, revisaron el estudio de Mathematica con
el propósito de documentar sus conclusiones en los hallazgos del mismo [7]. Sin
embargo, el Instituto de Utah descubrió graves limitaciones en el estudio de
Mathematica, como el uso de muestras de adolescentes cuyas conductas eran de
alto riesgo y que, por lo tanto, no representaban a la población adolescente de
EEUU; además la intervención fue realizada en un momento inapropiado, es decir,
a una edad muy temprana y no contó con un refuerzo de la abstinencia durante
los años clave de la adolescencia [8]. La rigurosa evaluación del Instituto de
Utah demostró que la evidencia presentada por el estudio de Mathematica,
fracasó en su intento de apoyar la conclusión de que la educación a favor de la
abstinencia no funciona. Además,
el Dr. Weed y sus colegas dijeron que ellos han realizado más de 100
evaluaciones de intervenciones educativas a favor de la abstinencia durante los
últimos 15 años, y han encontrado disminuciones significativas en la actividad
sexual de los adolescentes. Los adolescentes que participaron en estos
programas fueron del 33 al 50% menos propensos a iniciar una actividad sexual
durante los siguientes 1 a 2 años después de las intervenciones, que los que no
participaron en esos programas [9]. Además,
según el Dr. Weed y sus colegas, la educación a favor de la abstinencia ofrece
beneficios que la “educación” sexual a favor de los condones no
ofrece, como una protección del 100% ante las infecciones de transmisión sexual
(ITS), los embarazos y los abortos, así como ante las consecuencias negativas,
psicológicas y sociales, de las relaciones sexuales entre adolescentes [10]. El Dr.
Weed también señaló que el estudio de Mathematica no examinó los programas de
“educación” sexual a favor de los condones. Sin embargo, hay muchos
estudios que han examinado este tipo de intervenciones
“educativas”. De 50 estudios que han utilizado métodos rigurosos,
solamente uno informó de una mejoría en el uso consistente de los condones después
de un período de un año. El uso consistente de condones es la mejor comparación
con la conducta abstinente, porque en dicha comparación se puede apreciar
claramente el fracaso de la primera clase de intervención educativa y el éxito
de la segunda. Por consiguiente, la interpretación que algunos han hecho de los
resultados del estudio de Mathematica de que “los programas de
abstinencia no funcionan, por lo tanto, se deben proporcionar programas de
‘sexo seguro’ a base de condones, para disminuir los riesgos de la
actividad sexual”, simplemente no tiene fundamento alguno [7]. En
noviembre del 2009, los Centros para el Control de las Enfermedades (CDC, por
sus siglas en inglés) del gobierno de EEUU, publicaron las conclusiones de un
estudio realizado por ellos en las que afirmaban que “no había
evidencia” que demostrara que la educación a favor de la abstinencia
impedía los embarazos, el VIH y otras ITS. En base a estos
“resultados”, los CDC recomendaron la “educación”
sexual a favor de los condones y de la “salud reproductiva” (=
aborto encubierto) [11]. Pero
dos miembros del panel de consultores que examinó el estudio de los CDC
disintieron del mismo, y expusieron sus serias preocupaciones en un informe,
que sometieron el mismo mes de noviembre del 2009 [12]. Estos dos
investigadores señalaron graves limitaciones en el análisis de los CDC, las
cuales los indujeron a concluir que la declaración de que la educación a favor
de la abstinencia es ineficaz, no está garantizada por los datos aportados. Y
también concluyeron que la afirmación de que la “educación” sexual
a favor de los condones y la “salud reproductiva” es superior a la
educación a favor de la abstinencia tampoco encuentra apoyo en la evidencia
presentada [12]. De hecho, los dos especialistas encontraron que los programas
de educación a favor de la abstinencia, que examinó el mismo estudio de los
CDC, sí lograron disminuir de manera significativa la actividad sexual de los
adolescentes. Los CDC habían publicado sus recomendaciones, ¡sin haber informado
al público de todos los hallazgos del estudio en los cuales precisamente se
basaban dichas recomendaciones! La revisión realizada por estos dos colegas fue
de suma importancia, ya que las recomendaciones de los CDC influyen en los
legisladores y en los profesionales de salud pública [12]. Por
último, en su edición de febrero de este año (2010), una de las más
prestigiosas revistas de medicina de EEUU, ha informado acerca de un ensayo en
adolescentes de los grados 6to y 7mo, que fue realizado para evaluar la
eficacia de una intervención a favor de la sola abstinencia para prevenir la
actividad sexual. Los resultados de la prueba demostraron que la tasa de inicio
de la actividad sexual fue menor en los estudiantes que recibieron esta
intervención, en comparación con el grupo que no la recibió. Al concluir los 24
meses de seguimiento de la intervención, el 67% de los estudiantes no había
tenido relaciones sexuales; mientras que en el grupo de control sólo el 50% no
las había tenido. Los autores concluyeron que las intervenciones a favor de la
sola abstinencia constituyen un factor importante en la prevención de la
actividad sexual en los adolescentes [13]. Podemos
concluir, entonces, que los intentos por parte de la ONU, el CRR, la IPPF y
otras organizaciones internacionales antivida, de implementar la
“educación” sexual hedonista en todo el mundo, y en particular en
América Latina, utilizando para ello los “argumentos” de que esa
“educación” sí va a lograr la disminución de los abortos y las ITS
en los adolescentes, mientras que la educación a favor de la sola abstinencia
no lo va a lograr, es una total falsedad. Los
padres de familia, los políticos sensatos, los líderes religiosos, los
forjadores de opinión y los mismos jóvenes, especialmente en América Latina,
deben tomar nota de todo esto y no dejarse engañar. Felipe Vizcarrondo, MD, MA, es médico pediatra y
cardiólogo, especialista en bioética, y colaborador de VHI. Notas: [1].
Véanse: Felipe Vizcarrondo, MA, MD, “La ‘educación’ sexual de
la UNESCO para los niños: ¿Un derecho internacional?”, Boletín Electrónico de VHI, Vol. 20, No.
1, 16 de abril del 2010; Felipe Vizcarrondo, MA, MD, “La
“educación” sexual del CRR para los niños: ¿un derecho
internacional?”, Boletín Electrónico
de VHI, Vol. 20, No. 1, 16 de abril del 2010; Adolfo J. Castañeda,
MA, STL y Felipe Vizcarrondo, MA, MD, “La “educación” sexual
de la IPPF para los niños: ¿un derecho internacional?, en este mismo boletín de
VHI. CRR son las siglas (en inglés) del Centro de Derechos Reproductivos e IPPF
son las siglas (inglés) de la Federación Internacional de Planificación de la
Familia. Para obtener más información sobre estas dos organizaciones y también
sobre la ONU, visite, respectivamente: http://www.vidahumana.org/vidafam/muerte/cdr_index.html, http://www.vidahumana.org/vidafam/ippf/ippf_index.html
y http://www.vidahumana.org/vidafam/onu/onu_index.html. [2].
UNESCO son las siglas en inglés de la Organización de la ONU para la Educación,
la Ciencia y la Cultura. [3].
Parte de esa refutación, VHI ya la ha publicado en el artículo: Adolfo J.
Castañeda, MA, STL, “EEUU: El negocio redondo de la
‘educación’ sexual hedonista”, Boletín Electrónico de VHI, Vol. 20, No. 1, 16 de abril del
2010. [4].
Mathematica Policy Research, Inc., Impacts
of Four Title V Abstinence Education Programs: Final Report 59 (2007), http://mathematica-mpr.com/publications/PDFs/impactabstinence.pdf. [5].
Weed, S.E., et. al., Abstinence or
Comprehensive Sex Education?, The Institute for Research and
Evaluation, Salt Lake City, UT, 8 de junio del 2007, pág. 1. [6].
Ibíd., pág. 5. [7].
Ver referencia 5. [8].
Ibíd., pág. 4. [9].
Ibíd., pág. 1. [10].
Ibíd., pág. 5-6. [11]. Prevention of HIV/AIDS, other STIs and Pregnancy:
Group-based Abstinence Education Interventions for Adolescents, The Community Guide, CDC, United States
HHS, http://thecommunityguide.org/hiv/abstinence.ed.html. En cuanto a que la “salud reproductiva” es un
eufemismo para encubrir el aborto, véanse nuestros artículos, totalmente
documentados, que hemos citado en la nota 1 de este mismo artículo. [12].
Ericksen, I. y Ruedt, D., Members of the CDC Community Guide Adolescent Sex
Behavior Coordination Team External Partners Consultant Panel, A Minority Report: Fundamental Concerns about the
Meta-analysis of Group-Based Interventions to Prevent Adolescent Pregnancy, HIV
and other STIs, noviembre del 2009. [13].
Jemmott III, J.B., Jemmott, L.S., Fong, G.T., “Efficacy of a Theory-Based
Abstinence-Only Intervention Over 24 Months, A Randomized Controlled Trial With
Young Adolescents”, Archives of
Pediatric and Adolescent Medicine, Vol. 164, No. 2, febrero del
2010. 4.
BOLETINES ANTERIORES: http://www.vidahumana.org/news/prensa_index.html. CURSOS EN LÍNEA DE VHI:
http://www.vidahumana.org/CURSO/index.html. LIBROS DIGITALIZADOS: http://www.vidahumana.org/catalogo/ebooks/EBOOKS_index.html.
PROGRAMA RADIAL EN VIVO “DEFIENDE LA VIDA”: http://www.ewtn.com/spanish/radio.asp. CATÁLOGO DE MATERIALES
EDUCATIVOS: http://www.vidahumana.org/catalogo/catalogo.html.
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