Poco después de la entrada en vigor en 1990 de la Convención de los Derechos del Niño, la IPPF  publicó una “guía” dirigida directamente a niños y adolescentes para “explicarles” el contenido de esta Convención [1]. Esta “guía” pretende hacerles creer a niños y adolescentes que, según esta Convención: ellos tienen un “derecho internacional” a una “educación” sexual en “salud reproductiva” y la “salud reproductiva” incluye el aborto. Ambas afirmaciones son falsas, pero ello no detiene a la IPPF en su manipulación de los textos con tal de imponer su “educación” sexual. (IPPF son las siglas en inglés que se refieren al gigante abortista Federación Internacional de Planificación de la Familia.)

 

Respecto del presunto “derecho” internacional a una “educación” sexual en “salud reproductiva”, la Convención, en el artículo 29, sí habla del derecho de todo niño a la educación, pero no dice absolutamente nada acerca de la “educación” sexual [2].

Respecto de la “salud reproductiva”, es significativo y a la vez preocupante saber que el título completo de la “guía” de la IPPF es “Guía para una persona joven acerca de la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño y la salud sexual y reproductiva” (el énfasis es nuestro) [1]. En el mismo comienzo de esta “guía”, la IPPF dice: “Esta guía enlaza los derechos, tal y como éstos han sido promulgados en la Convención, con los derechos sexuales y reproductivos” [1]. En otras palabras, en esta “guía”, la IPPF interpreta a su manera y en clave de “salud reproductiva” ciertos artículos de la Convención. La “interpretación” de la IPPF incluye el aborto en su manera de ver la “educación” respecto de la “salud sexual y reproductiva”, como lo demuestra la manipulación que hace del artículo 24 de dicha Convención:

 

Convención, Artículo 24: “Los Estados  Miembro tomarán las medidas apropiadas para desarrollar la atención preventiva de la salud, guiar a los padres y ofrecer educación sobre la planificación familiar y servicios…” [1].

 

Interpretación de la IPPF: “Tú puedes visitar a un médico o enfermera para recibir todos los servicios de salud sexual y reproductiva…incluyendo anticonceptivos y servicios de aborto… Nadie debe impedir que tú recibas estos servicios o exigirte que obtengas permiso de otro (ej: el de tus padres o cónyuge, si estás casado/a)” [1].

 

Notas:

[1]. A Young Person’s Guide to the UN Convention on the Rights of the Child and Sexual and Reproductive Health, IPPF, http://www.ipf.org/youth/young_person.htm.

[2]. Convention on the Rights of the Child, 1989, http://www.unicef.org/crc/fulltext.htm, pág. 8.

 

_____________________________________