Al respecto, San Juan Pablo II nos dio una enseñanza muy valiosa: “La Iglesia debe comprometerse con la tarea de formar y apoyar a los laicos que están involucrados en el proceso legislativo, el gobierno y la administración de la justicia, de manera que la legislación siempre refleje los principios y los valores morales que están en conformidad con una sana antropología [visión correcta de la persona humana] y con el avance del bien común” [1].

 

En esta importante afirmación nos damos cuenta de que los laicos son los primeros responsables en influir en la política y en las leyes con los valores de la ley natural; mientras que los obispos y los sacerdotes se ocupan más bien de la labor dentro de la Iglesia. Ello no quiere decir que los obispos y los sacerdotes no se deban pronunciar sobre importantes temas morales que tienen implicaciones políticas y legislativas. Pero la principal labor de los ministros ordenados es guiar, suministrar los sacramentos y formar a los laicos, para que éstos a su vez sepan cómo actuar en la sociedad civil [2].

 

Los laicos y los obispos y los sacerdotes deben trabajar muy unidos en favor de la vida, cada uno según la vocación que Dios le ha dado. Por ejemplo, si se necesita organizar una marcha por la vida, los laicos son los que deben organizarla en todos sus detalles. El sacerdote la anuncia desde el púlpito, explica brevemente la doctrina de la Iglesia que la motiva y dirige a los fieles a los laicos líderes que la han preparado, dando los datos pertinentes (fecha, hora, etc.) Otro ejemplo sería cuando se presenta un proyecto de ley antivida/familia. Los laicos organizan las distintas actividades necesarias para contrarrestarlo, v.gr. una protesta frente al parlamento, el envío de cartas, correos electrónicos, facsímiles, llamadas telefónicas, etc. En esto también ayuda mucho y es muy eficaz el uso de la redes sociales, v.gr. Twiter, Facebook y las plataformas de alertas legislativas basadas en la Internet, como www.citizengo.org. Luego los laicos le presentan al sacerdote los puntos principales concernientes a los peligros que presenta el proyecto de ley en cuestión, para que el sacerdote no tenga que hacer la investigación y al mismo tiempo pueda explicar en su prédica los problemas morales vinculados a dicha legislación [3].

 

Notas:

[1]. San Juan Pablo II, Ecclesia in America, no. 19, citando el Sínodo para América, proposición 72 y, a su vez citado en  United States Conference of Catholic Bishops (USCCB), Pastoral Plan for Pro-Life Activities: A Campaign in Support of Life, 2011, p. 10, http://www.usccb.org/about/pro-life-activities/pastoral-plan-prolife-activities.cfm.

[2]. Véase Concilio Vaticano II, Decreto Apostolicam actuositatem sobre el apostolado de los laicos, no. 7, 1965.

[3]. En todo esto es importante tener en cuenta los límites, si los hay, que imponen las leyes del país en cuanto a lo que un ministro ordenado pueda decir desde el púlpito concerniente a un proyecto de ley. Por ejemplo, en EEUU, las leyes prohíben que la Iglesia realice actividades de cabildeo o lobby, so pena de incurrir en la pérdida de su exención de impuestos. Consideramos que esas leyes son injustas, puesto que contradicen la libertad de expresión. Pero, mientras existan las mismas, hay que tener cuidado con lo que se dice. Ello no impide a los ministros ordenados hablar abiertamente en general de la inmoralidad de leyes abortistas ya existentes, pero sí de apoyar o condenar proyectos de ley concretos o candidatos políticos concretos. Por lo demás, estas leyes acerca del cabildeo en EEUU no son muy claras y existen las excepciones.

 

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