La doctrina de la Iglesia sobre los políticos “católicos” proaborto y la recepción de la Comunión se ubica en el contexto más amplio de la prohibición de dicha recepción a los católicos que persisten en un “manifiesto pecado grave”. La palabra “manifiesto” se refiere al escándalo que ese pecado puede causar en el resto de los fieles.

En efecto, el canon 915 del Código de Derecho Canónico dice: “No deben ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la imposición o declaración de la pena, y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave” [1]. Observemos que no necesariamente tiene que estar excomulgada la persona en cuestión para no ser admitida a recibir la Comunión. Basta que su pecado sea grave y manifiesto, es decir, de conocimiento público. (Por supuesto, cualquier católico en pecado grave no debe comulgar. Pero aquí nos referimos al caso específico de políticos que se dicen “católicos” y, sin embargo, se acercan a comulgar causando así un escándalo público.)

En relación con este asunto y basándose en el canon 915, el entonces Cardenal Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en una carta a los obispos de EEUU enviada en el 2004, expresó lo siguiente:

“Respecto del grave pecado del aborto o la eutanasia, cuando la cooperación formal con el mal de una persona es manifiesta (entendida, en el caso de un político católico, como hacer campaña y votar sistemáticamente por leyes permisivas de aborto y eutanasia), su párroco debería reunirse con él, instruirlo respecto de las enseñanzas de la Iglesia, informarle que no debe presentarse a la Sagrada Comunión hasta que termine con la situación objetiva de pecado y advertirle que de otra manera se le negará la Eucaristía. Cuando estas medidas preventivas no han tenido su efecto o cuando no han sido posibles, y la persona en cuestión, con obstinada persistencia, aún se presenta a recibir la Sagrada Comunión, el ministro de la Sagrada Comunión debe negarse a distribuirla” [2].

“Esta decisión, propiamente hablando, no es una sanción o una pena. Tampoco es que el ministro de la Sagrada Comunión esté realizando un juicio sobre la culpa subjetiva de la persona, sino que está reaccionando ante la indignidad pública de la persona para recibir la Sagrada Comunión debido a una situación objetiva de pecado” [2].

La última oración de esta cita se refiere al escándalo o causa de confusión y pecado que el político católico proaborto (o cualquier otra figura católica pública proaborto que pretenda comulgar), está causando en los demás fieles y no a un juicio personal de ese político o figura pública.

El propio político católico proaborto (o figura pública) no puede quejarse, bajo ningún pretexto, de esta prohibición a recibir la Comunión, ni tampoco de que la Iglesia le llame a desistir de esa postura. Uno de esos pretextos es decir que él o ella se opone personalmente al aborto, pero que debe representar a una población gran parte de la cual no es católica y a la cual no puede  imponerle “sus propios valores religiosos o morales”.

Ese pretexto es una burda falacia. Es precisamente porque se debe a todos los habitantes representados por su cargo que ese político debe defender la vida ante el aborto. Los niños por nacer, sean católicos o no, también son parte de los habitantes cuyos derechos fundamentales está llamado a defender y tutelar.

Notas:

[1]. Código de Derecho Canónico, Canon no. 915, http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P37.HTM.

[2]. Cf. Carta del Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la CDF (Papa Emérito Benedicto XVI), al Cardenal Theodore McCarrick, Arzobispo de Washington, con ocasión de la asamblea de la Conferencia de los Obispos Católicos de EEUU, celebrada en Denver, EEUU, del 14 al 19 de abril de 2004.

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