Hay “católicos” que dicen que la prohibición absoluta del aborto directo no ha sido declarada infaliblemente por ningún Papa y que, por lo tanto, la decisión de abortar o no es una cuestión de conciencia. ¿Qué podemos responder a ello?

Afirmar que solamente lo declarado infaliblemente por el Papa (cuando habla ex cátedra) obliga en conciencia es un disparate. La Iglesia no enseña eso. En el Concilio Vaticano II encontramos la siguiente enseñanza:

“Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica; los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres (= moral), deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con religioso respeto. Este obsequio religioso de la voluntad y del entendimiento de modo particular ha de ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cátedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se preste adhesión al parecer expresado por él, según su manifiesta mente y voluntad, que se colige principalmente ya sea por [i] la índole de los documentos [encíclica, etc.], ya sea por [ii] la frecuente proposición de la misma doctrina, ya sea por [iii] la forma de decirlo” [1].

 Hay doctrinas que de hecho son infalibles por el Magisterio Ordinario de los obispos.  El documento apenas citado continúa diciendo:

“Aunque cada uno de los Prelados [Obispos] no goce por sí de la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, cuando, aun estando dispersos por el orbe, pero [i] manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro [el Papa], [ii] enseñando auténticamente en materia de fe y costumbres, [iii] convienen en que una doctrina ha de ser tenida como definitiva, en ese caso proponen infaliblemente la doctrina de Cristo” [1].

Ahora bien, la historia de la enseñanza de la Iglesia sobre la aborto demuestra que todas estas condiciones se han cumplido. Por lo tanto, podemos concluir que la condenación por parte de la Iglesia Católica del aborto directo es, cuando menos, una enseñanza que exige una adhesión religiosa (obediencia a una enseñanza seria aunque no declarada infalible) y hasta quizás también de fe (obediencia a una enseñanza declarada como infalible). El católico no tiene, pues, fundamento alguno para no acatar la enseñanza católica en contra del aborto [2].

A veces,  las personas cometen o están por cometer actos malos por ignorancia y no por maldad. Pero nuestro deber es enseñarles la verdad con amor y no confundirlas diciéndoles simplemente: “Sigue tu conciencia”.

Por último, a veces también, lamentablemente, nos encontramos con sacerdotes, religiosas o laicos líderes que enseñan o aconsejan errores. Recordemos que el Magisterio de la Iglesia está compuesto por el Papa y los obispos que están en comunión con él [3]. No debemos hacer caso de esos errores, sino corregirlos con respeto y humildad. Y en caso de que esas personas persistan en su error, informar discretamente y con el deseo genuino de ayudar, a la autoridad competente: el párroco o, si éste tampoco coopera, al obispo.

Notas:

[1]. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática Lumen Gentium sobre la Iglesia, 1965, no. 25 (el énfasis es nuestro).

[2]. Véase: San Juan Pablo II, Encíclica El Evangelio de la Vida, 25 de marzo de 1995, no. 62. El pasaje en cuestión está citado textualmente en el segundo artículo de este mismo subtema.

[3]. Véase: Catecismo, nos. 85-87. Véase también Mateo 16:13-19; 18:18 y Lucas 10:16.

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